En sede del Consejo Profesional de la Abogacía de Formosa, se realizó este lunes 4 de julio una nueva jornada de formación dirigida a los jóvenes profesionales del derecho, como así también a todos aquellos matriculados en general. En este caso, el disertante fue el doctor Sergio Cañete, juez de Primera Instancia de Instrucción y Correccional N°2 que desarrolló el tema: “La figura del querellante”. “Restitución de Bienes”.
Continuando con las capacitaciones que viene desarrollando la entidad tanto en Formosa, como en Clorinda, Las Lomitas y El Colorado; en este caso abrió la jornada el presidente del CPA, Horacio Gorleri, con la participación de la presidenta y vicepresidente de la Comisión de Jóvenes: dra. Valeria Méndez y el dr. Martín Rivarola Lima.
La Fiscal de Estado de la provincia, Dra. Stella Maris Zabala, acompañó una vez el desarrollo de esta nueva jornada de formación junto a un grupo de jueces y juezas provinciales, fiscales y el secretario del Archivo del Poder Judicial de la provincia, dr. Adolfo Jesús Daniel Marcelino Paz.
Desde la organización general de estas charlas de formación apreciaron el acompañamiento constante del Gobierno de la Provincia a través de la Fiscalía de Estado; sumado al apoyo del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial.
Herramientas útiles para el ejercicio del derecho
Al culminar la jornada, Cañete comentó que abordó temas muy interesantes, que hacen a la formación de los jóvenes abogados; para el ejercicio profesional.
Consideró el juez que este tipo de propuestas de formación “son excelentes” para tomar contacto con quienes disponen decisiones.
“A nosotros, como jueces, nos permite dar detalles y conocimientos para que los abogados puedan efectuar sus presentaciones y evacuar dudas”. “En este caso con el tema: “La figura del querellante” y la “restitución de bienes” que son de mucha utilidad.
Explicó que “el querellante particular” es una figura que está contemplada en el Código, artículo 70 bis, dirigido a toda persona con capacidad civil, que se sienta ofendida por un delito de acción penal público.
“Como ejemplo, una persona que resulta víctima de lesiones graves, se puede constituir como querellante”. “En caso de la muerte del ofendido, o una persona que por lesiones graves fallece, sus familiares pueden presentarse como querellantes particulares”.
“Esto apunta a hechos graves: como homicidios culposos o lesiones graves. Y en estos casos las víctimas se presentan con sus abogados patrocinantes o con poder”.
“En el caso de la “restitución de bienes” se da en hechos como en accidentes de tránsito. Las personas solicitan que se les restituya un bien. Esto es factible luego de las pericias correspondientes y que el vehículo no tenga pedido de secuestro”.
“También se suele dar en casos de hurtos de motocicletas, se localiza al propietario y se da a conocer que se ha recuperado el bien”, detalló el letrado a manera de ejemplo.