La Cámara de Diputados de Formosa aprobó un paquete de seis leyes enviadas por el Poder Ejecutivo entre las cuales figuran reformas al Código Fiscal otorgando facultades y procedimientos al organismo recaudatorio formoseño; además se amplió el universo de beneficiarios de asignaciones familiares de acuerdo con las modificaciones del Código Civil y Comercial vigente.
En la sesión extraordinaria realizada el miércoles 28 fueron sancionadas seis leyes, agregándose a las dos mencionadas otra que amplía la base de contribuyentes bajo un criterio de “equidad” y alícuotas diferenciada para distintas actividades comerciales.
También fue aprobada una ley que establece la imposibilidad de ingreso o permanencia en el sistema educativo a personas que se hubieren beneficiado por el indulto o la conmutación de la pena de los delitos contra la integridad sexual, contra los poderes públicos y el orden constitucional, de lesa humanidad y contemplados en la ley 23.737.
Una de las normas que fue más debatida fue la referida a la que modificó la ley impositiva N° 1.590 que establece nuevas alícuotas y montos para las distintas actividades comerciales que se desarrollan dentro de la provincia.
En cuanto al régimen de asignaciones familiares se establecen en carácter obligatorio y no remunerativo para los agentes activos permanentes o temporarios de la administración pública, organismos de la Constitución o entes autárquicos, con alcance a los poderes Legislativo y Judicial con el objeto de “proteger la constitución y el desarrollo de la familia”.
Otra de las leyes aprobadas autoriza al Poder Ejecutivo a adjudicar en venta directa a la razón social Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA) inmuebles rurales y fiscales para la instalación de estaciones de válvulas de bloqueo, trampas, de medición y regulación en el tramo Línea Barilari-Ibarreta, del Gasoducto del Nordeste Argentino, en una superficie estimada en 16 hectáreas.
Código Fiscal
La ley N° 1.589 conocida como Código Fiscal fue objeto de varias modificaciones con la ley aprobada por la Legislatura, entre ellas, el artículo 13 queda redactado de la siguiente manera: “Requerir la participación e intervención de la fuerza pública provincial a los efectos de las disposiciones de este Código, cuando los contribuyentes o responsables dificulten u obstaculicen las medidas o procedimientos necesarios para tal fin. A tal efecto la Dirección acordará con la Autoridad policial, protocolos de gestión para coordinar las tareas de seguridad y prevención. Asimismo, podrá requerir al juez competente orden de allanamiento para efectivizar el ejercicio de las facultades de inspección y registros de lugares, documentos y bienes”.
El artículo 20 también fue modificado y queda de la siguiente manera su texto: “Exigir de los contribuyentes y responsables que todo traslado o transporte de productos o mercaderías que se realice en la provincia, siempre que el lugar de origen y/o de destino del mismo se ubique en su territorio, se encuentre amparado por la documental que exija la normativa tributaria y por un código de control fiscal provincial, que se emitirá en forma previa al traslado, mediante el procedimiento y condiciones que establezca por reglamentación la Dirección. El incumplimiento de la obligación prevista en el siguiente artículo por parte de los obligados será sancionado, de acuerdo a lo establecido en el Título Séptimo, Capítulo I, Sección II, del Libro I de este Código”.
Impuestos
En cuanto a la ley impositiva N° 1.590 las modificaciones implican nuevas alícuotas y montos de actividades comerciales diversas.
De tal manera, las operaciones de compra venta de autos, motos o maquinarias agrícolas o viales que se adquieran en concesionarias de Formosa tributarán el 15 por mil, mientras que si se compran en otra provincia aportarán de impuesto el 30 por mil.
Entre las distintas alícuotas impositivas que se establecen con la nueva norma aprobada este miércoles figura el 5,50 por ciento para los servicios de comunicación de telefonía celular y de internet; al 7 por ciento –exceptuando bancos o sujetos de la ley de entidades financieras- las personas jurídicas o físicas que otorguen préstamos o de tarjetas de crédito, entre otros.
Entre los montos fijos en dinero a tributar se establecen las de expendio de comidas y bebidas en restaurantes, bares, confiterías y similares por local y mesa: en la ciudad de Formosa, 80 pesos por mesa. En el resto de la provincia 60 pesos por mesa.
Los clubes nocturnos como boliches o bailantas deberán pagar 10 pesos por persona en la ciudad de Formosa y 6 pesos por persona en el resto de la provincia.
Los servicios de peluquería 300 pesos mensuales. Canchas de fútbol o padel, 600 pesos mensuales. Servicios de estética, 600 pesos por mes, y los stand de venta libre ocasionales o transitoria 200 pesos por feria o evento.
Además los concesionarios oficiales representados por ACARA tributarán el 15 por ciento en concepto de impuesto sobre los ingresos brutos.
La mayoría de las leyes fueron aprobadas por la mayoría justicialista mientras que las referidas al régimen docente y de asignaciones familiares fue acompañada por la oposición.