Desde la Defensoría del Pueblo, se concretó una formal presentación al director Ejecutivo del PAMI, Sergio Daniel Cassinotti, que al igual que el resto de las Defensorías Asociadas en ADPRA; “ se ha requerido que las diferentes y graves problemáticas de los millones de afiliados al PAMI, al haberse impuesto unilateralmente un -sistema capitado- que implica ya inconvenientes en las prestaciones de salud para los adultos mayores; que en forma urgente se aborde – por provincia- y con las autoridades de las UGL junto a funcionarios del PAMI Central con poder de decisión, las actualizaciones y reestructuraciones de pagos por los servicios que se prestan”.
El Ombudsman José Leonardo Gialluca, denuncio que “tomando como ejemplo el Colegio de Bioquímicos de Formosa, que posee una ordenada administración y donde el importe mensual promedio gastado por el PAMI, “es el más bajo del país”; sin embargo se lo margina y se lo castiga como a otros prestadores de la salud de nuestra provincia, y se termina perjudicando a los afiliados y por ello pedimos al Gobierno Nacional y al PAMI, que reconsidere estos ajustes sobre la salud de nuestras abuelas y abuelos”.
Considera que “es evidente que la decisión es que quede solamente un PAMI residual, pequeño y pasarle los beneficios económicos a las grandes clínicas y centros de salud, a las grandes corporaciones farmacéuticas, jugando con la vida de la gente y esta es una realidad que no se puede ocultar y que hoy está en manos de una decisión del Gobierno Nacional en no convertir a cada jubilado en un número y que los montos que se paguen alcancen a cubrir los costos.
Expuso finalmente que “institucionalmente apoyamos las decisiones políticas que han implicado denunciar todos los convenios irregulares o con la industria de los medicamentos, no nos oponemos a las auditorias y a los controles y por ello desde este Organismo de la Constitución también hemos solicitado la intervención de la Defensoría de la Tercera Edad, a cargo de Eugenio Semino, para que el acceso a los medicamentos y a las coberturas de prestaciones que requieran los afiliados al PAMI sean cubiertas sin poner en riesgo la integridad psicofísica de los mismos”.