La Defensoría del Pueblo considero que las autoridades del PAMI y hasta el propio administrador de la delegación local Ivan Kaluk, “deberían priorizar las necesidades urgentes de los jubilados, puesto que no nos oponemos a que ofrezcan programas turísticos gratuitos a sus afiliados, pero no es posible que no posean una ambulancia o medio de transporte idóneo propios para trasladar a beneficiarios que necesitan en forma urgente determinados tratamientos que se realizan en la ciudad de Corrientes y en donde los familiares deben buscar alojamientos y ver como solucionan el desarraigo de adultos mayores cuyos tratamientos llevan varios meses”.
Por otra parte el Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca, denunció que el Gobierno Nacional así como creo una empresa privada para que mantenga y construya rutas, etc., en todo el país, sin ningún control por organismo de fiscalización alguno y cuya función le correspondería a Vialidad Nacional, ha iniciado el desguace también del PAMI; el plan consiste en transformarlo en una fundación.
“Así se desprende de la Resolución 0956, donde se constituyó la Fundación PAMI – INSSJP. Sergio Daniel Cassinotti, quien reemplazó a Carlos Regazzoni al frente del PAMI, lleva adelante el plan de transformar a la obra social de los jubilados en una ong cuyo objetivo es “coadyuvar a la atención y promoción de la salud y la asistencia social de los beneficiarios del PAMI mediante el desarrollo e implementación de nuevos modelos de gestión”, expuso”.
Explico que “ello consiste en constituir el organismo en una forma jurídica propia del derecho privado, la misma carece completamente de controles estatales y desaparece la obligación de, por ejemplo, realizar licitaciones. A partir de ahora la contratación directa y arbitraria será la regla y recordemos que Cassinotti viene de estar al frente del IOMA, obra social en la que se cometieron fraudes por más de 3000 millones de pesos a través de estafas con sobreprecios, empresas fantasmas y controvertidas contrataciones de ambulancias para los afiliados”.
Advirtió que “como toda fundación puede disolverse de un día para el otro y no se encuentra obligada a prestarle ayuda a una persona determinada, como los fondos del PAMI provienen obligatoriamente del 3% de los haberes jubilatorios, el criterio de una fundación es discrecional y no hay instrumento que expresamente garantice las prestaciones universales como ocurre ahora”.
Preciso que “el patrimonio inicial de la Fundación PAMI – INSSJP estará integrado por la suma de $100.000 aportados por el fundador”, es decir, el actual PAMI. En estas condiciones, al no integrar la Fundación PAMI los cuadros de la administración ni pertenecer a la administración central o descentralizada tal cual surge del precedente sentado por la propia Corte Suprema de Justicia (fallos 330:4024 y 339:536), si algún día la entidad dejara de prestar servicios, o eventualmente quebrara, el Gobierno Nacional ya no sería responsable”. Ante esta nueva y lo que considera es una “grave situación” el Organismo de la Constitución Provincial denuncio el hecho ante la AGN- Auditoria General de la Nación-, por violación a las leyes vigentes y artículos de la Constitución Nacional entre ellos el Art 85.