Desde el día martes 26 del corriente al 31 de enero del año 2018 inclusive, regirá el receso en la administración pública provincial, dispuesto a través del decreto número 458 suscripto por el gobernador Gildo Insfrán.
Quedo establecido a través de este instrumento legal que en este lapso y con carácter de excepcional el horario de labor de la administración pública provincial, que regirá durante el receso, de 8 a 12 horas.
A través de este instrumento legal fijando el receso administrativo dispuesto en el artículo 34 del Decreto 1980/90, a partir del 26 del corriente al 31 de enero de 2018 inclusive, se dispuso que en este período, el personal deberá usufructuar su licencia anual reglamentaria, con excepción de los organismos afectados a servicios públicos esenciales: Ministerios de Desarrollo Humano, Turismo y la Comunidad, Servicio Provincial de Agua Potable, Subsecretaría de Comunicación Social y entes recaudadores.
Lo propio las direcciones de: Parque Infantil, Vialidad Provincial, Informática y Teleprocesamiento, Registro Civil y Capacidad de las Personas, Defensa Civil, Catastro Territorial, Registro de la Propiedad Inmueble, Subsecretaría de Comercio e Inversiones, Subsecretaria de Hacienda y Finanzas, Contaduría General, Tesorería General, Instituto de Colonización y Tierras Fiscales, Escribanía Mayor de Gobierno y Departamento Intendencia de Casa de Gobierno, quienes dispondrán las medidas necesarias para la efectiva aplicación de este decreto.