A partir del 1° de julio, obligatoriamente se deberá tramitar el Documento de Tránsito electrónico (DT-e) por autogestiónen los movimientos de animales donde intervenga un consignatario de hacienda, a través del Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (Sigsa).
La medida obedece a la Resolución 162/2018 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) publicada en el Boletín Oficial el pasado 11 de mayo.
La norma establece la obligación de utilizar la autogestión para tramitar el DT-e cuando intervenga un consignatario de hacienda y fija tres opciones para ello: en un caso el productor consigna la hacienda a un intermediario determinado; otra forma es que el productor autorice al consignatario a emitir el DT-e de su Renspa y, por último, el productor puede autorizar a un ente emisor, quien consigna la hacienda a un intermediario determinado.
Para habilitar el trámite, el formulario “Autorización a consignatarios para emisión de DT-e y cierre de movimientos en SIGSA” se debe presentar por única vez en la oficina local. Esto lo puede realizar el productor o el consignatario, que debe contar con el formulario con la firma certificada del titular.
Cabe señalar que, los productores que deseen enviar hacienda a un remate feria autogestionado por una consignataria podrán hacerlo de la manera en que habitualmente lo realizan; es decir, por autogestión o en las Oficinas del Senasa.
En el caso de los establecimientos de engorde a corral, a partir del 1º de agosto de 2018, todos los DT-e emitidos para los movimientos de animales desde los establecimientos de engorde a corral, deben ser realizados por el Administrador de Engorde a Corral (AEC) mediante la herramienta de autogestión del Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA).
Para más información, los usuarios pueden ingresar a la página web del Senasa www.senasa.gob.ar/dt-e