En el marco de la Diplomatura “Actualización en relaciones de Familia, Infancia y Adolescencia” organizada por el Consejo Profesional de la Abogacía, la Comisión de Jóvenes Abogados, en forma conjunta con la Fiscalía de Estado y la Universidad del Chaco Austral, disertó este viernes Nora Lloveras, doctora en Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba. La cuarta clase de esta diplomatura, que concluye este sábado cuenta con el apoyo del Colegio de Magistrados y Funcionarios Judiciales de la provincia.
En este marco la doctora Lloveras, presentó su libro «Alimentos»: Doctrina y Jurisprudencia, que comparte con Fabián Eduardo Faraoni y cuenta con la colaboración de Maria Cecilia Baroni y Sonia Cristina Seba.
El derecho de familia ha sido, uno de los ámbitos o áreas del Derecho que ha sufrido transformaciones radicales en los últimos tiempos en atención al desarrollo y consolidación de la doctrina internacional de los derechos humanos y la consecuente perspectiva internacional-constitucional como punto de partida obligado; a tal punto que la doctrina nacional más contemporánea refiere que la denominación correcta es en plural: derecho de las familias.
La profesional del derecho dictó la clase “Perspectiva actual de Alimentos”, incluyendo a los alimentos como derecho humano fundamental, las prestaciones alimentarias en el Código Civil y Comercial, el proceso de alimentos, abordando jurisprudencia argentina y extranjera.
Lloveras destacó en contacto con la prensa que “desde el año 2015 que se puso en vigencia el Código Civil y Comercial de la Naciónse generó una nueva visión de los alimentos como materia general del derecho” y recalcó que “Los alimentos no hacen referencia solamente a los niños y adolescentes, sino también a los cónyuges, a los alimentos derivados de la unión convivencial, alimentos derivados por el parentesco entre tíos, hermanos, padres e hijos mayores de edades, comprenden una serie de subtemas que hacen que se genere una teoría general de los alimentos”.
La clase mostró “ las nuevas líneas que aplican el derecho nuevo, de tendencia, de línea de decisión, de directriz, hacia la aplicación de estas nuevas normas”.
Dijo que por ejemplo hay alimentos para la mujer embarazada, aunque no esté determinado el progenitor del niño o los alimentos que niños y adolescentes pueden gestionar contra los padres o abuelos paternos o maternos, determinando que “Son nuevas visiones alimentarias, una concepción mucho más dura para quien no cumple su obligación alimentaria, hay medidas realmente importantes para compeler a que se cumpla la obligación”.
Opinó la abogada que “No hace falte que estén dictadas sentencias que no se cumplen, hace falta generar en la sociedad, en la conciencia este arranque que va al fondo de la cuestión, es decir, cumpla, si no cumple, le pasarán estas cosas”.