Se extendió hasta el 28 de febrero venidero, inclusive, el receso administrativo dispuesto por el Poder Ejecutivo Provincial –a traces del decreto 357/18-, en cuyo transcurso se mantiene el horario de labor de la administración pública provincial- con carácter excepcional- de 8 a 12.
Asimismo y dado que el personal docente debe garantizar todos los aspectos inherentes al calendario escolar, para los trabajadores de la educación dicha medida de prórroga del receso, tiene vigencia solo hasta el 15 del mes venidero.
Asimismo, en su considerando, el instrumento legal indica que la medida, que inicialmente se dispuso tendría vigencia del 26 de diciembre de 2018 al 31 de enero actual, y ahora extendida, está motivado en que persisten las razones de su dictado. Es decir los diversos organismos afectados a la atención de servicios públicos esenciales y otros que en el desarrollo de sus funciones específicas deben observar plazos legales y constitucionales improrrogables, correspondiendo exceptuarlos de tal medida, a fin de que ajusten su funcionamiento a las normas que lo rigen.
Los estamentos que desarrollan servicios públicos esenciales exceptuados del alcance de la medida, son los que se detallan a continuación: Ministerios de Desarrollo Humano, Turismo y la Comunidad, Servicio Provincial de Agua Potable, Subsecretaría de Comunicación Social, entes recaudadores y las Direcciones de Parque Infantil, Vialidad Provincial, Informática y Teleprocesamiento, Registro Civil y Capacidad de las Personas, Catastro Territorial, Registro de la Propiedad Inmueble, las subsecretarías de Comercio e Inversiones y la de Hacienda y Finanzas, Contaduría General, Tesorería General, el Instituto de Colonización y Tierras Fiscales, Escribanía Mayor de Gobierno y el Departamento Intendencia de Casa de Gobierno.
Para el personal docente esta prolongación de la medida se extiende hasta el 15 de febrero, inclusive.