Ante la información de que quienes prestan servicio en la venta de saldo virtual para telefonía móvil y la Tarjeta SUBE, cobrando un plus que no se incluye en la factura, la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Usuario informó a dichos prestadores que deberán abstenerse de cobrar las sumas que se recargan en concepto de «plus».
Advirtió el organismo que ello «representa el incumplimiento de la oferta y trato indigno, infringiendo los artículos 7 y 8 bis de la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor».
«De persistir estas prácticas abusivas, la Subsecretaría procederá a constituirse en el lugar en el que se constate la infracción y labrará las actas pertinentes», se indicó.
Asimismo, se solicita que «quien cuente con documental fehaciente que demuestre estos cobros abusivos se presente en la sede de la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Usuario, ubicada en la calle José María Uriburu 820, 2º piso, a fin de formular la denuncia que corresponda, indicando además la dirección y otros datos que individualicen al prestador del servicio que incurriera en dichas prácticas abusivas».