Para el contador Sergio Cantero, la Moratoria 2020 lanzada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), con el objetivo de regularizar deudas por $400 mil millones, «representa un alivio para la situación de asfixia financiera que están teniendo las pymes».
A comienzos de la semana, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el aplicativo online para adherir a la moratoria para pequeñas y microempresas, monotributistas, cooperativas, obras sociales y clubes de barrio que se había anunciado en enero y que la AFIP reglamentó a fines de ese mes, cuando la titular del organismo, Mercedes Marcó del Pont, y el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, adelantaron que tendrá una quita promedio del 42% y un plazo de pago de hasta 10 años (120 cuotas).
De hecho, aquella vez, ambos funcionarios también informaron que los contribuyentes con deudas acumuladas hasta fin de noviembre de 2019 podrían empezar a inscribirse el lunes 17 de febrero. El plazo de inscripción, también confirmado por la AFIP, vence el 30 de abril.
Al respecto, el contador Cantero subrayó que «la AFIP tiene en su estadística que entre el año 2015 y 2019 cerraron 24.505 empresas y el sector más afectado fue el de las pymes, las micro, pequeñas y medianas empresas».
«Se trata de empleadores de hasta diez trabajadores y que explican el 90% del total de las empresas afectadas por la crisis», advirtió el docente de la Facultad de Administración, Economía y Negocios (FAEN) de la Universidad Nacional de Formosa (UNaF).
En ese sentido, recordó que «el 23 de diciembre pasado salió la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, en el marco de la emergencia pública, y esa norma en su artículo 8° prevé una moratoria para las pymes. Fue así que la AFIP el 31 de enero sacó la Resolución 4667 que pone en vigencia esa moratoria».
A su entender, la misma «representa un alivio para la situación de asfixia financiera que están teniendo las pymes».
«Se trata de un alivio financiero porque da la posibilidad de ponerse al día y de reactivar toda la actividad económica en el país», enfatizó.
Además, sumó que «el objetivo de esta moratoria es promover la reactivación productiva de las pequeñas y medianas empresas e incluye a monotributistas y autónomos».
En cuanto a las características puntualizó que «el plazo de inscripción va desde el 17 de febrero hasta el 30 de abril y el discernimiento de la deuda es hasta 120 cuotas para obligaciones tributarias y aduaneras y hasta 60 cuotas para retenciones».
Dentro de las mencionadas obligaciones tributarias que se difieren en 120 cuotas, es decir diez años, se encuentran los impuestos, contribuciones a la seguridad social, los autónomos y los monotributistas.
En tanto, las 60 cuotas para aportes y retenciones implican todo lo relativo a la seguridad social y retenciones que sufren las pymes.
«La condonación de intereses y multas es muy importante porque suele representar un monto muy grande (de lo adeudado) y torna muy difícil de cancelar al momento de que por ejemplo la pyme quiera pagar el IVA», resaltó el contador Cantero.
Asimismo, apuntó que en la moratoria lanzada «se pueden incluir deudas vencidas hasta el 30 de noviembre de 2019, se pueden reformular planes vigentes hasta el 23 de diciembre y también reflotar planes caducos».
«El beneficio inmediato de esta moratoria es el levantamiento de embargos y suspensión de acción penal y tiene como requisito excluyente el certificado pyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo, el cual se puede obtener hasta el 30 de abril», finalizó.