Escribe: Daniel Moreno
Doctor en Derecho Público, Política y Gobierno. Especialista en Administración Pública Provincial y Municipal. Observador Internacional Electoral (Brasil, Chile y Paraguay). Integrante del Tribunal Electoral Permanente de la Provincia de Formosa.
Cuando el próximo domingo 27 de septiembre en la Ciudad de Rio Cuarto se proceda a realizar las elecciones para renovar las autoridades municipales: Un (1) Intendente Municipal; diecinueve (19) Concejales titulares, con sus diecinueve (19) suplentes; y cuatro (4) Miembros titulares y sus cuatro (4) suplentes del Tribunal de Cuentas, como así también, para celebrar un referéndum obligatorio a los efectos de modificar por enmienda la Carta Orgánica Municipal, los ojos del país estarán enfocados en el terruño cordobés situado a 213 kilómetros de la capital de su Provincia que cuenta con 193.000 habitantes aproximadamente.
Su importancia está centrada por ser la primera elección de renovación de autoridades públicas electivas que se realizaran en nuestro territorio cuando aún la pandemia estará acechando la salud y la vida de los argentinos, donde resulta de vital importancia el protocolo sanitario para preservar la salud de la población durante el proceso electoral.
El protocolo que siguió los lineamientos de las recomendaciones vertidas por la OEA en relación a procesos eleccionarios celebrados en contexto de pandemia alrededor del mundo en lo que va del año, tiene por objeto delimitar las acciones y medidas a tener en cuenta, fijando pautas sanitarias y de organización que tienen principal consideración en relación a los establecimientos de votación, como así también respecto todos los actores que intervienen en el proceso electoral.
Este “Protocolo Sanitario y Bioseguridad “, confeccionado por el Comité Interdisciplinario con los aportes de los apoderados y apoderadas de los partidos y alianzas que participaran de las próximas elecciones municipales, establece que:
I.- Respecto a los Establecimientos.
1º. Determinar cantidad de centros de votación (colegios, clubes, etc.) y ubicación geográfica de los mismos, todo ello en el marco de la implementación de un sistema de voto geo referenciado y en la medida de que esto último resultara posible. Si fuera posible, se sugiere que cada centro de votación no tenga más de 10 mesas de votación, disminuyendo además al número menor posible de cantidad de electores por mesa de votación.
2º.- Los establecimientos de votación deberán contar con marcas con cinta adhesiva en los pisos para organizar las filas y la distancia entre electores y respecto de la mesa de votación que faciliten su tarea. En el mismo sentido se colocarán carteles que exhiban las normas de bioseguridad pertinentes al uso de tapaboca, distanciamiento social y desinfección de manos.
3º.- Los Establecimientos de Votación serán desinfectados en la manera que indique el Comité Interdisciplinario – a través de una empresa de limpieza proveedora de la Municipalidad de Río Cuarto- y precintados antes del inicio de los comicios; se llevará un registro de las personas que entren y el motivo por el cual ingresan una vez que se precintan. El despliegue de urnas que normalmente realiza la empresa encargada del servicio electoral el día anterior a los comicios será coordinado entre aquella, el veedor del establecimiento y la empresa de limpieza, de tal forma de posibilitar el despliegue y la posterior limpieza y precintado del lugar, hasta su apertura al día siguiente para los comicios.
4º.- Solo se habilitará una entrada al establecimiento de votación y si fuera posible habrá una única salida distinta de la entrada de ingreso al establecimiento, todo referenciado con adecuada carteleria.
5º.- En cada establecimiento de votación habrá al ingreso y a la salida del mismo dos facilitadores perfectamente identificados que realizarán la desinfección de manos de los votantes y regularán junto a la autoridad policial y/o de seguridad el ingreso al establecimiento, resolviendo en dicho momento la formación de una o varias filas de ingreso al lugar, preservando el distanciamiento social.
6º.- Durante la jornada electoral personal de limpieza (contratado por el Departamento Ejecutivo Municipal y por indicación de la Junta Electoral Municipal, punto 3) se encontrará presente en las instalaciones de los establecimientos y procederá a desinfectar áreas comunes y lugares de votación cada dos horas, de acuerdo con las instrucciones que imparta la JEM y el Comité Interdisciplinario, la que entregará los elementos necesarios para dicha tarea y para su seguridad personal ( que consistirá en tapabocas, máscaras de acetato, guantes de limpieza, alcohol 70/30 en spray, hipoclorito de sodio en dilución predeterminada, balde, trapo de piso, escurridor, escoba y cualquier otro elemento a considerar). Estas tareas no implicarán la interrupción de los comicios.
7º.- Los baños de los establecimientos de votación deberán contar con los elementos de higiene necesarios y que deberán ser repuestos en forma y tiempo (preferentemente jabón líquido, alcohol en gel, toallas de papel descartables que serán provistos por el Departamento Ejecutivo Municipal y por indicación de la JEM y/o Comité Interdisciplinario) y ser desinfectados cada dos horas y según requerimiento de los facilitadores o personal destinado al control de los mismos.
8º.- Los establecimientos de votación serán desinfectados al final de la jornada electoral por el personal de limpieza contratado por el Departamento Ejecutivo Municipal y por indicación de la JEM, quien será responsable de verificar que se haya cumplido con la correcta desinfección, debiendo disponerse el cierre de dichos establecimientos por al menos 24 horas, con la debida notificación al Ministerio de Educación.
II.- Respecto de los Votantes Facilitadores e Integrantes de Mesas.-
1º.- La totalidad de las personas que ingresen y egresen deberán tener su tapabocas colocado y desinfectar sus manos con alcohol en gel o solución de alcohol 70/30 en spray a la entrada y la salida de los establecimientos de votación.-
2º.- Los votantes entrarán a los recintos organizados en sus respectivas filas, utilizando tapabocas y guardando una distancia de dos metros entre unos y otros y respecto de todas las personas en el local.
3º.- Cada cinco mesas habrá dos facilitadores (un titular y un suplente) perfectamente identificados, que asegurarán, con la colaboración del personal de seguridad, el orden y la circulación de los electores dentro del establecimiento de votación. Estará terminantemente prohibida la permanencia dentro del establecimiento de votación por parte de los votantes una vez emitido su voto.
4º.- Las mesas tendrán un diseño y tamaño que permita que todos sus miembros y fiscales mantengan entre si una distancia de 1,5 metros. Se recomienda –en la medida que el espacio así lo permita- organizarlas en forma de “U” o herradura para que todos los participantes de la mesa puedan presenciar las operaciones con claridad. Se sugiere el uso de aulas, en la medida que sean amplias, de tal forma de evitar el uso de los pasillos para la ubicación de las mesas, y permitir el uso de los pasillos para las filas, evitando el agrupamiento de personas y manteniendo el distanciamiento social.
5º.- Se proveerá a cada mesa un kit de higienización consistente en alcohol en gel, tapabocas, máscara de acetato para protección facial, rollos de papel o toallas húmedas sanitizantes, desinfectante para superficie, cesto de basura con una bolsa el que será retirado y vuelto a reponer por el personal de limpieza asignado a cada establecimiento. Las máscaras de acetato para protección facial y los tapabocas provistos con el kit de higiene están destinados a las autoridades de mesa, veedor del establecimiento, facilitadores y al fiscal público electoral. El alcohol en gel será para uso de los miembros de la mesa y de los votantes.
El DEM y por indicación de la Junta Electoral proveerá a los integrantes de mesas y a los facilitadores los elementos de higiene y protección para cada mesa de votación.
6º.- Al momento de la instalación de las mesas, antes de cualquier operación, las autoridades de mesa (entendiendo que ya habrán ingresado al establecimiento con sus respectivos tapabocas) extraerán del kit de higienización, las mascarillas de acetato y el alcohol en gel y el rociador de alcohol 70/30. Se colocarán las mascarillas de acetato y comenzarán a disponer lo necesario en la mesa para su funcionamiento.
7º.- Los fiscales de mesa y generales partidarios deberán acudir a cumplir su función con tapabocas y les caben las generales de la ley con respecto al distanciamiento social e higiene de manos. Se recomienda el uso de máscara de acetato para protección facial. Para el caso que los fiscales generales debieran entrar y salir al establecimiento en algún momento del día, deberán cumplir cada vez con los protocolos de salubridad y seguridad.
8º.- Los integrantes de mesa utilizarán el alcohol 70/30 los rollos de papel y/o paños tipo lienzo o de rejilla para la limpieza de las mesas de trabajo, superficies y las sillas, y para la limpieza de los bolígrafos que se utilicen en la elección.
9º.- En el supuesto caso del uso constante de guantes por parte de alguno de los miembros de la mesa, facilitadores y personal de seguridad afectado a los comicios, deberán higienizarse con alcohol o desinfectante al menos una vez cada 10 minutos o según lo requiera el caso.
10º.- Los electores se presentarán en la mesa que corresponda, se higienizarán las manos y exhibirán el DNI al presidente de mesa a los efectos de la acreditación de su identidad. Se sugiere el uso de una bandeja a los fines del depósito del DNI para su exhibición. La autoridad de mesa le entregará la boleta y el bolígrafo desinfectado. Se sugiere que cada elector traiga su propio bolígrafo. Al regresar con la boleta, la depositarán en la urna. Posteriormente, firmará con el mismo bolígrafo el padrón, el que devolverá si fuera el caso una vez finalizada tal operación y que será desinfectado con spray de alcohol 70/30. Paso seguido, a requerimiento del elector, se le entregará la constancia de votación, y retirará de la bandeja su DNI, la que será desinfectada. Una vez finalizado el procedimiento antes mencionado, el votante y los integrantes de mesa se higienizarán las manos nuevamente con alcohol en gel. El votante se retirará de inmediato”.
11º.- Cuando culminen los comicios, el conteo de votos y la confección de las actas y demás documentación se hará manteniendo la distancia social obligatoria y exhibiendo cada boleta. Las cuentas se harán de manera que todos puedan verlas y las actas confeccionadas, previo a su firma, se exhibirán a todos los interesados, debiendo cumplirse con las medidas de bioseguridad referidas al uso de tapabocas, máscara de acetato, higiene de manos con alcohol en gel y de la papelería, urna y bolígrafos con alcohol 70/30. Todo ello siempre teniendo en cuenta las disposiciones relativas al conteo de votos y confección de las actas de escrutinio dispuestas por la JEM y en coordinación con la empresa de servicios electorales.
12º.- Las operaciones de cierre de las urnas, preparación de la documentación para su entrega a la empresa de servicios electorales y cierre de las mesas deberán hacerse manteniendo la distancia social e higienizando los materiales con los rollos de papel y alcohol 70/30. Los materiales descartados deben colocarse en bolsas provistas especialmente para ello, las que se cerraran y entregaran al Correo a los efectos de su disposición final.
III.- Respecto de Alimentos y Colaciones.
1º.- Los alimentos o colaciones provistas a los integrantes de mesas y facilitadores deberán ser entregadas en packs individuales y envasados con papel film que deberá ser rociado antes de ser abierto con alcohol 70/30. Se recomienda proveer bebidas en lata o botellas pet individuales. No se permitirá a los integrantes de la mesa el ingreso de utensilios, comida o bebida que no cumpla con las medidas de seguridad, y siempre para uso exclusivo de quien lo traiga. Para el resto de las personas que ingresan al establecimiento no se permitirá el ingreso de comida o bebidas.
2º.- Los utensilios de comida y vasos deberán ser descartables y provistos envueltos en bolsa de plástico (una vez utilizados serán descartados en los cestos dispuestos en cada mesa de votación) los mismos serán de uso exclusivo de cada integrante de mesa y facilitador, estando totalmente prohibido compartirlos como así también mate, bombillas, termos, etc.
Al decir del maestro Augusto Mario Morello, “ el desafío se ciñe ahora a estructurar las nuevas líneas con las que el derecho puede recibir las flamantes facetas de la realidad actual y asumir una organización moderna y flexible, cuya preocupación prevalente venga enraizada en la exigencia de efectividad de la tutela de las personas y comunidad”, el año próximo debemos afrontar un proceso electoral en todo el país, debemos estar preparados una vez más, ahora con otras exigencias y matices producto de la pandemia o post pandemia.