La fiscal de Estado de Formosa, la doctora Stella Maris Zabala, puntualizó sobre el fallo del juez federal subrogante Fernando Carbajal que rechazó el hábeas corpus que presentara, a través de dos letrados, una de las personas que se encuentran en Puerto Eva Perón, Chaco, intentando ingresar al territorio provincial.
Expuso la funcionaria que “este miércoles tuvimos audiencia con el juez federal Nº 2 motivada a que hemos tenido un planteo de hábeas corpus en la Justicia Federal”, marcando que “nuevamente hemos obtenido un fallo favorable que dice claramente que no es la vía, que no hay ninguna restricción a la libertad ambulatoria de ningún tipo y que tampoco en ese caso concreto del ciudadano que había hecho la acción en la Justicia se lo había ni expulsado de la provincia ni se había cometido ningún tipo de acto ilegal”.
“La provincia una vez más planteó claramente una serie de cuestiones, como la incompetencia de la Justicia Federal, lo cual lo estamos diciendo en sucesivas veces, ya que creemos a rajatabla que en cuestiones relacionadas como ésta, el hábeas corpus, es competente la Justicia provincial”, argumentó la funcionaria.
Hizo notar en ese sentido que “más aún en este tipo de hábeas corpus que se plantean sobre hechos que corresponden a imputaciones a funcionarios provinciales en territorio provincial y derivada de un decreto provincial”.
A la vez mencionó que “también hemos planteado que todas estas cuestiones son de política sanitaria, como las medidas que permiten y establecen turnos para el ingreso, hasta qué fecha pueden hacerlo y cuándo se suspenden los mismos, ya que esto depende del estado en que se encuentre la pandemia, que va fluctuando; no es inmutable”.
Poder de policía provincial
En un tercer orden, la doctora Zabala precisó que “hemos sostenido, como lo venimos haciendo en todos los hábeas corpus, que todas estas decisiones de política sanitaria son cuestiones reservadas al poder de policía de la provincia que no se ha delegado en la Nación; es privativa nuestra”, poniendo de resalto que “siempre acudimos a todas las audiencias y las citaciones porque la voluntad de la provincia es estar a derecho”.
Explicó que en el caso concreto del ciudadano Diego Daniel Andrés “el juez determinó que no corresponde la vía del hábeas corpus, tal como nosotros lo hemos planteado”, reiterando que “sostenemos que este tipo de acciones no pueden ser para plantear hábeas corpus porque no se trata de ningún socavo a ningún tipo de derecho, libertad de circulación que tenga una persona o una restricción de su libertad”, recalcando que “estas medidas que se toman simplemente se hacen con motivo de una pandemia y tienen todo el justificativo de índole legal ante la situación en que nos encontramos”.
“Una vez más, nuevamente, se ha dicho que no existe ningún motivo para hacer lugar al hábeas corpus”, significó la fiscal de Estado, recordando que “la provincia ha ganado ha ganado en todos los lugares donde se nos han hecho planteos de hábeas corpus, tanto en la Justicia provincial como en la federal”.
Preocupación
Asimismo, la doctora Zabala advirtió que “también planteamos algo que nos preocupa, lo cual es que este tipo (de acciones) ya se han convertido en ‘aventuras judiciales’ porque se utilizan permanentemente los dos fueros al mismo tiempo: van a la Justicia provincial y a la federal, provocando permanentemente un dispendio de actividad y generan también inseguridad jurídica”.
“Ganamos en todos los fueros, en el provincial y en el federal, y se sigue insistiendo”, apuntó, recalcando que “en este caso nuevamente hicimos todos estos planteos y además dijimos que el presentante ha falseado totalmente los hechos, ya que primero dijo que tenía permiso para salir de la provincia, pero no había pedido en ningún momento el permiso para ingresar. Nadie lo había expulsado”.
Se trata de “un ciudadano que tiene su domicilio en el Chaco y que había estado circunstancialmente durante un tiempo en Formosa, donde había constituido una familia, pero tenía inclusive una denuncia por violencia, la cual también expusimos en la audiencia, lo que generaba que su esposa también tuviera miedo de que se le permitiera el ingreso a la provincia”.
Además indicó que en la audiencia “se explicó que en el caso de que se le permitiese ingresar, que el juez fallare (a favor) en el ingreso, no sabíamos a qué domicilio iba a ir porque claramente en la denuncia que habían hecho se había señalado que ya no vivía más en el domicilio que tenía con la familia porque inclusive él se había retirado de la casa y generado una serie de problemas de índole económico familiar”.
Categórica, marcó su preocupación por la gravedad que constituye que “una persona esté utilizando la Justicia en uno y otro lugar al mismo tiempo haciendo esto de ‘forum shopping’. Es como que plantean a ver cómo les va acá, en el fuero federal, y si les resulta mal se van al provincial. Es algo que no corresponde”.
Hechos probados
En esa línea, refirió la fiscal de Estado que en la audiencia –de la que también tomó parte el ministro de Gobierno de la provincia, el doctor Jorge Abel González- quedó demostrado que “esta persona miente y mintió porque dijo que había sido expulsado de la provincia y que lo habían amenazado y nosotros probamos claramente que no fue así, porque él pidió un permiso para salir a vender, supuestamente, un ‘automóvil’, pero cuando uno pide el permiso para salir debe solicitar también el de ingreso, que no lo tenía”, agregando que “tampoco pudo demostrar que haya salido para vender el auto”.
A ello se suma que quedó verificado que “tenía una denuncia por violencia, la cual había sido comunicada por el juez criminal ante el Consejo de Atención Integral a la Emergencia COVID-19 debido a que su pareja, la madre de sus hijos, tenía miedo de que se le permitiera el ingreso”, añadiendo que quedó patentizado que “ya no vivía más en el domicilio y que la mujer, según sus propios dichos, se había ido a la casa de su padre por miedo a la violencia”.
De la misma forma quedó acreditado que tampoco fue amenazado por la Policía Provincial, esclareció la doctora Zabala, señalando que “sólo se le comunicó que no podía ingresar porque estaba suspendido el ingreso, aclarándole que si violentara (la entrada al territorio formoseño) iba a ser punible de una sanción penal”, recordando que esta misma cuestión ya fue tratada y resuelta por el juez federal Nº 1 Pablo Morán, reiterando que “no se trata de una amenaza porque la Policía está actuando por orden emanada de una autoridad competente”, finalizó.