En el Día Nacional del Derecho a la Identidad, el presidente de la Nación, Alberto Fernández, lanzó del Certificado de Pre-Identificación (CPI) para garantizar el derecho a la identidad de quienes no se encuentran inscriptos en el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y facilitar la identificación y emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI).
Al respecto, en declaraciones a AGENFOR, la doctora Mirta Retamozo, directora del Registro Civil y Capacidad de las Personas de Formosa, celebró la medida porque “es algo que lo veníamos pidiendo hace mucho”.
“Es algo importantísimo para las personas que no tienen un documento nacional de identidad, ya que por distintas situaciones no pudieron acceder a su acta de nacimiento y estaban invisibilizadas hasta el día en que el Presidente de la Nación lanzó este certificado de pre-identificación”, subrayó.
Puso de resalto que “a través del CPI podrán tener una personalidad jurídica y acceder a todos los derechos fundamentales y las prestaciones básicas”.
Respecto de la tramitación, detalló que se podrá efectuar en cualquier oficina del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y Registros Civiles del país.
“Es un trámite muy simple, en donde lo que se hace es tomar los datos biométricos de las personas, lo cual es muy importante porque podremos tener las huellas de esa persona y cotejar con otros organismos como Migraciones y el registro de reincidencia”, remarcó la funcionaria.
Consideró ello fundamental, ya que “nos permitirá saber si la persona está inscripta en otro país, teniendo en cuenta que la condición fundamental para la obtención de este certificado es haber nacido en el territorio argentino”.
Los demás datos, explicó, son de declaración jurada. “La persona deberá decir dónde nació, cómo se llama, etcétera. No es que va a tener un número de identificación, pero sí será un certificado que tendrá determinadas medidas de seguridad”, esclareció.
La validez será de seis meses y posteriormente al vencimiento la persona tendrá que acreditar por qué no tiene su documento nacional de identidad y ahí nuevamente se le prorrogará por seis meses más. Así hasta que pueda acceder a su documento y con ello a todos los derechos, señaló.
“En el caso de que sea una inscripción judicial, una vez que tenemos la orden de un juez de anotar a esa persona se realiza el acta de nacimiento e inmediatamente se le toma el trámite de DNI”, puntualizó.
Importancia
En ese sentido, la doctora Retamozo puso en valor ante esta Agencia la importancia de que los organismos conozcan la existencia de este certificado, porque “a partir de ahora no van a poder negarle el derecho de acceso a determinados beneficios a ninguna persona que habita el territorio provincial”.
“El primer derecho que tiene una persona es a poder tener una identidad y a partir de ahí se suman todos los demás derechos», acentuó.
Es así que «la persona que no cuente con un acta de nacimiento ni un documento nacional de identidad puede acercarse a cualquier Registro Civil, puesto que si bien el RENAPER es el que otorga el DNI a nivel nacional, los gestores de este trámite son las provincias”, concluyó.