Durante las audiencias en el Senado norteamericano, la actual miembro de la Corte Suprema de ese país, Amy Coney Barret, dijo que la función de un Tribunal no es hacer la ley ni administrar, sino aplicarla tal como está escrita, citando al fallecido Juez Scalia.
Cuando un magistrado o tribunal está convencido de que puede apartarse de estos límites que resultan del principio de División armónica de Poderes, resultan inútiles los bien fundados alegatos de nuestra Fiscal de Estado o las verdaderas lecciones de Derecho del Ministro de Gobierno.
Sin embargo, las facultades del órgano que ejerce el Ejecutivo para establece obligaciones y limitar libertades durante una Epidemia, vienen de la más remota antigüedad. Daré solo dos ejemplos: la que azotó a Milán en 1.576 y a la misma ciudad en 1.628. Téngase en cuenta que todavía no se conocía la infectología ni la epidemiologia, es decir, qué causaba la enfermedad y como se transmitía; se hablaba por ejemplo de misteriosos efluvios o, peor aún, de la maldad de los “untadores” que con una sustancia misteriosa untaban paredes y personas para provocar la peste.
En la primera epidemia, era Obispo de Milán San Carlos Borromeo que se arriesgo heroicamente para ayudar a los infectados. Pero como Obispo, dispuso también una procesión para pedir a Dios el fin de la peste. En esa procesión solo podían tomar parte personas mayores de edad, en filas de uno y con tres metros de distancia entre fiel y fiel. Es decir, el distanciamiento social.
Durante la segunda epidemia, era Obispo de Milán un pariente de San Carlos que también enfrentó la peste con derroche de heroísmo y más sentido común que los médicos de ese entonces. Lo interesante es que las primeras medidas de las autoridades milanesas fueron prohibir la entrada de toda persona a la ciudad y aislar a los enfermos. De mas esta decir que esas medidas resultaron insuficientes por la falta de estructura sanitaria y de conocimientos terapéuticos.
Hoy tenemos muchos más medios que permiten que el aislamiento preventivo, la circulación restringida y el distanciamiento social resulten efectivos para paliar la Pandemia. Y quienes se oponen a estas medidas no se diferencian mucho de los que hace siglos linchaban a los desdichados acusados de “untadores”.
Esta mal que los jueces legislen y se puede argumentar sobre ello. Pero si además lo hacen con los conocimientos sanitarios del siglo XVI, solo nos resta elevar la mirada al cielo y pedir socorro.
Rodolfo Roquel
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