El Gobierno reglamentó la ley de Aporte solidario y extraordinario que establece un aporte por única vez de una tasa del 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado en el impuesto a las Bienes Personales más de 200 millones de pesos. Se trata de 12 mil personas que representan menos del 1 por ciento del total de contribuyentes que presentan anualmente la declaración del impuesto a los Bienes Personales.
En ese contexto, el diputado nacional Ramiro Fernández Patri destacó la reglamentación del Aporte Extraordinario y señaló que es un ejemplo de solidaridad y redistribución, donde los que más tienen (el 0,02%) realizarán un aporte mayor para ayudar a toda la sociedad, en un momento de emergencia para todos los argentinos. “La Ley de Aporte Extraordinario es un ejemplo de solidaridad y redistribución para sumar fondos para la pandemia.”
“La ley que votamos en el Congreso determina que el destino de lo recaudado será 25% para exploración, desarrollo y producción de gas natural; 20% para adquirir equipamientos de salud; 20% para apoyar pymes; 20% para financiar becas Progresar y 15% para urbanizar barrios,” y agregó Fernández Patri que alcanza a las personas físicas con un patrimonio superior a los 200 millones de pesos y que se espera recaudar unos 307 mil millones de pesos, lo cual equivale al 1 por ciento del Producto Interno Bruto.”
Asimismo, el diputado nacional explicó que la norma establece un pago con una tasa progresiva del 2 al 3,5 por ciento del patrimonio declarado en el impuesto a las Bienes Personales, siempre que dicha suma supere los 200 millones de pesos. En el caso de los bienes radicados en el país, la alícuota será del 2,25 por ciento para las personas con un patrimonio de entre 300 y 400 millones de pesos; 2,5 por ciento para aquellos que tengan entre 400 y 600 millones y 2,75 por ciento entre 600 y 800 millones. El aporte subirá hasta 3 por ciento en el caso de patrimonios de entre 800 y 1.500 millones de pesos; 3,25 por ciento entre 1500 y 3 mil millones y 3,5 por ciento a los que superen ese valor. Para los bienes radicados en el exterior, las alícuotas van del 3 al 5,25 por ciento.