Luego de que el procurador general Eduardo Casal ratificara la competencia de la Justicia provincial para intervenir en hábeas corpus y planteos de índole sanitaria, la provincia de Formosa solicitó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que se expida para zanjar el debate judicial y terminar con el dispendio jurisdiccional.
En declaraciones a AGENFOR, la fiscal de Estado, la doctora Stella Maris Zabala, recordó que respecto de la cuestión de la competencia “ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación se había planteado una inhibitoria entre dos jueces: uno provincial y otro federal”.
“Este trámite tiene un periplo: el senador por la minoría de Formosa (Luis Naidenoff) había presentado una acción de hábeas corpus ante la Justicia Federal, que se declaró incompetente para intervenir –expuso-. Luego fue a la Cámara Federal de Resistencia, Chaco, la cual sostuvo la incompetencia y ordenó que bajaran los actuados a la Justicia provincial, ya que entendían era la competente para intervenir”.
Tras ello, reseñó que “la jueza provincial dictó un fallo, rechazó el hábeas corpus y notificó del rechazo a quien lo había presentado (Naidenoff). En ese ínterin, acuden nuevamente ante la Cámara Federal de Resistencia sin agotar la vía provincial y piden que se habilite la instancia de la Cámara Federal de Apelación Penal”.
Fue así que, por más que no se reunían los requisitos formales, se abrió la instancia federal para que se realicen los planteos. “Ahí, el fiscal de la Cámara Federal de Casación dice que la competencia es de la Justicia provincial, pero con dos votos a uno (de los jueces) se sostiene que es del fuero federal”, precisó.
“Ahora, el mismo procurador general Casal, cuando analiza en su dictamen la competencia, cuenta un poco de esta historia, diciendo que hay errores procedimentales en cuanto a todo este manejo y concluye que es evidente la competencia provincial”.
Esto tiene su fundamento en que “no basta con que se trate, como se pretende, la aplicación de un decreto nacional en el tema de la política sanitaria y los protocolos, ya que hay para analizar decretos y leyes provinciales, la actuación de funcionarios de Formosa y además que estos hechos se suceden en el territorio formoseño”.
“Por estos motivos, entiende que es evidente la competencia de la Justicia provincial”, acentuó la fiscal de Estado, por lo cual “ahora resta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dicte el fallo pertinente, que es lo que hemos solicitado este miércoles”.
“Creemos que de esta manera se va a zanjar una cuestión que desde que comenzó la pandemia ha provocado un sinnúmero de actuaciones y planteos judiciales que provocan un dispendio jurisdiccional e inseguridad jurídica a lo justiciable”, enfatizó.
Derechos humanos
En otro orden, la doctora Zabala se refirió al pronunciamiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dando por cerrado el expediente iniciado por la supuesta violación de los derechos humanos en los Centros de Alojamiento Preventivo (CAP), dispuestos por el Gobierno de Formosa en el marco de la pandemia del COVID-19.
“La CIDH ha cerrado una causa que se había planteado por la supuesta violación de derechos humanos en los CAP”, indicó la funcionaria, quien explicó que la Corte arribó a tal decisión luego de escuchar el testimonio de los que efectuaron la denuncia y tras requerir los correspondientes informes a la provincia de Formosa.
“Nosotros hemos informado claramente cada uno de los puntos solicitados, con todos los elementos de prueba requeridos, y la Comisión ha cumplido con archivar las actuaciones por entender que no hay elementos que habiliten la violación a los derechos humanos”, pormenorizó.
Indicó que “esta resolución ha salido el pasado 4 de marzo y ha sido notificada hace dos días a la provincia de Formosa”.
No obstante, subrayó que “seguiremos contestando y explicando todas las veces que se nos llame a estar a derecho y a dar todas las explicaciones que se nos requieran porque es lo que corresponde”
“Lo que sí nos gustaría es que cuando hay un fallo favorable a la provincia se respete también y se entienda que es algo que se nos ha comprendido que nos asiste razón. Y si no es así se recurra, porque en un Estado de derecho son las facultades que tenemos todos de recurrir cuando no nos gusta la resolución”, cerró.