Logró hacer efectivo el pago de la “multa por mora” en la entrega de la unidad.
La Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Usuario, dictó el pago de la multa por mora contra la empresa FCA S.A. DE AHORRO, por la suma de $5.817.870 favorable a una consumidora debido al retraso en la entrega de un vehículo cuyo cambio de modelo y pedido de la unidad había sido aprobado por la firma.
Desde el organismo se explicó que la denuncia ingresó primeramente por incumplimiento del contrato en la fecha de adjudicación del requisito. La consumidora presentó la documentación respaldatoria de lo que había abonado, sin embargo, la empresa no había hecho entrega de la unidad.
Si bien, superado el plazo legalmente establecido, la empresa hizo entrega del vehículo desde el Área de Instrucción de Sumario del organismo se pusieron en marcha los mecanismos legales para solicitar a la firma que informe de qué manera haría efectivo el pago de la multa por mora.
La empresa presentó la planilla de liquidación con la suma abonada en el plazo requerido y ofreció pagarla dentro de los 30 días hábiles. Al no cumplir con dicho pago en el plazo ofrecido, el organismo actuó de oficio e imputó a la empresa por presunta infracción al cumplimiento conciliatorio.
Por lo que, luego de notificada la imputación la Subsecretaría fijó un lapso de cinco días para la acreditación del pago, posteriormente, y dentro del plazo del descargo la empresa cumplió en abonar la multa por una suma de $5.817.870.
El caso
La damnificada canceló la totalidad del vehículo y realizó el pedido de cambio de modelo y pedido de la unidad a la empresa MAPIC S.A. ZL AUTO, sin embargo, habiendo finalizado el plazo de entrega, la empresa no cumplió con lo pactado.
El plazo establecido para la entrega por parte de la empresa FCA S.A. fue de 120 días corridos una vez realizado el pedido y posterior aprobación de la carpeta con las documentaciones necesarias.
Ante el incumplimiento de la firma, la denunciante solicitó mediante carta de intimación que la empresa abone la penalidad equivalente a los intereses diarios calculados a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, lo que se encontraba estipulados en el contrato.
Multa por mora
El artículo 19 de la Ley 24.240 refiere a las modalidades de prestación de servicios, “quienes presten servicios de cualquier naturaleza están obligados a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos”.
En cuanto a los contratos de planes de ahorro, una vez que el consumidor haya sido adjudicado ya sea por licitación o por sorteo, el contrato establece que el adjudicado debe presentar una carpeta con ciertos requisitos para poder efectuarle la entrega vehicular.
Una vez que el consumidor presenta dicha documentación, la empresa cuenta con 90 días corridos para hacer efectiva la entrega del vehículo, en el caso de cambio de modelo, como en este caso, el período se extiende a 120 días.
Pasado el plazo corresponde el cobro de la “multa por mora”, es un impuesto que se imputa a la empresa administradora del plan por cada día de retraso en la entrega del vehículo.
Denuncias
Los consumidores pueden realizar sus denuncias ante la Subsecretaría, que se encuentra ubicada Fontana 840 de Formosa Capital, de lunes a viernes de 7.30 a 13 y de 17 a 19.30 horas.
Así también se encuentra habilitada la línea telefónica 0800-444-0942 o y el correo electrónico denunciaconsumidor@formosa.gov.ar para consumidores desde cualquier punto de la provincia.