Ingresó este martes 22 el Expediente N° 171 a la Legislatura Provincial, firmado por el gobernador Gildo Insfrán y refrendado por el ministro de la Jefatura de Gabinete, Antonio Ferreira, cuyo espíritu es la reforma de la Constitución Provincial.
Reunida la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, el proyecto fue aprobado para ser tratado en la sesión del jueves 24 a las 18.30 horas.
Así lo confirmó el presidente del bloque del Partido Justicialista, Agustín Samaniego, en diálogo con la Agencia de Noticias Formosa (AGENFOR), quien precisó que necesitarán de dos tercios de los votos (20) en la sesión del jueves 24, para que el proyecto sea aprobado.
Sancionada y promulgada la Ley, el Gobernador tiene un año para convocar a elecciones de convencionales constituyentes, quienes serán postulados por los partidos políticos o frentes electorales.
El proyecto presentado pretende se reformen los artículos del 1° al 189°, en consonancia con el resto de las provincias, que ya modificaron sus cartas magnas, en los últimos 20 años, exactamente la mitad de las provincias del país.
Se propone una reforma integral, explicó el legislador, y además una actualización de temas, como la incorporación de los “derechos de cuarta generación”, que amplían las garantías de inclusión digital y acceso a las tecnologías de la información, en el marco de la sociedad del conocimiento y las nuevas oportunidades que ofrece el desarrollo tecnológico y científico.
Señaló que para ello, se constituirá la Asamblea Constituyente, luego de la elección, conformada por 30 asambleístas, quienes definirán cuáles son los artículos a reformar.
“Lo que es bueno es que se abra un debate, una discusión, una participación activa de la ciudadanía porque de esa manera va a ser un texto más rico, que refleje fielmente el sentir y la necesidad del pueblo formoseño”, agregó.
Reelección
En cuanto al artículo de la Constitución que se refiere a la reelección del Poder Ejecutivo, en el caso del Gobernador, anticipó que “todo va a estar en discusión. Todo va a estar modificado, va a estar para definir los criterios de elegibilidad que tengamos no solamente el Gobernador, sino todos cargos electivos”.
“El jueves nosotros tenemos que tener los dos tercios, porque se aprueba con dos tercios de los votos. Creemos que la oposición va a tener una conducta positiva con respecto a esto por el hecho de que ha pedido durante años la reforma”, consideró y subrayó que en caso de “querer imponer su parecer, no tienen otra que ganar las elecciones”.
Insistió Samaniego que será la ciudadanía quien decida qué Constitución quiere, cuáles artículos sean modificados y “el que gane va a tener mayores cantidades de escaños y va a poder tener mayores certezas y mayores coincidencias con el texto final que tenga nuestra Constitución”.
Coincidió con Insfrán en que este es el momento oportuno, luego de 21 años, de realizar una actualización de la actual Constitución, porque el “mundo cambió” y ya la mitad de las provincias en estos 20 años modificaron su Carta Magna.
Fundamentos
El proyecto de ley presentado por Insfrán declara la necesidad de la reforma total de la Constitución Provincial, cuyo texto actual data del año 2003.
“La velocidad de las transformaciones que caracterizan a los tiempos actuales hace que, en estas más de dos décadas transcurridas, se hayan producido importantes cambios estructurales tanto en el contexto nacional, regional, como en el plano internacional”, enfatiza.
Agrega que “la globalización, las revoluciones tecnológicas, la transformación de los sectores productivos y laborales, así como el impacto ambiental, son algunos de los fenómenos que presentan nuevos desaflos y oportunidades, a la vez que dieron origen a modificaciones y novedades normativas que brindan herramientas más adecuadas a los pueblos y a los Estados para enfrentar estos nuevos escenarios”.
Subraya además que desde el 2003 a la fecha “más de la mitad de las provincias argentinas han avanzado en procesos de reformas de sus respectivas constituciones, ya sea de manera parcial o total, a fin de receptar estas nuevas herramientas y adaptarlas a la realidad propia de cada jurisdicción en el marco de un país federal”.
Precisa que una tendencia relevante en este sentido es la incorporación de los llamados “derechos de cuarta generación”, que amplían las garantías de inclusión digital y acceso a las tecnologías de la información en el marco de la sociedad del conocimiento y las nuevas oportunidades que ofrece el desarrollo científico y tecnológico.
“La recepción constitucional de estos derechos es muy importante para asegurar que los avances tecnológicos no profundicen brechas sociales, sino que sirvan como herramientas de igualdad y de desarrollo personal y laboral de todos los habitantes de la comunidad”, enfatiza
Se advierte además, en la misma línea, la “la importancia de receptar con jerarquía constitucional los derechos de la comunidad al agua y a la energía, no solamente en su faz esencial de servicios públicos básicos para atender las necesidades de la población, sino también en su función estratégica para el desarrollo integral de la provincia”, tras la amenaza que significa el impacto del cambio climático.
En esa misma línea se encuentra “la aplicación de políticas nacionales que incumplan la cláusula del progreso del artículo 75, inciso 19) de la Constitución Nacional en lo referente al necesario crecimiento armónico de la Nación con políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de las provincias y regiones”.
Aquí pone de relieve como causas provinciales obras que son trascendentales en esta materia, como el Acueducto del Desarrollo Formoseño (desde el río Paraguay hasta Ingeniero Juárez), el Acueducto del Norte (desde Clorinda hasta General Güemes) y el Acueducto del Sur (desde el río Paraguay hasta Villafañe), así como el logro de la diversificación de la matriz energética en el marco de la aplicación de políticas federales y con equidad territorial.
Afianzar el sistema
En el plano político e institucional, el proyecto apunta a “continuar afianzando el sistema representativo, republicano y democrático, que no solamente es una forma de gobierno que la Nación y las provincias argentinas se dan para sí, sino que también es una forma de vida que hemos elegido y consolidado los argentinos y argentinas, especialmente luego de 40 años de vida democrática ininterrumpida en el país”.
La propuesta es que “la Convención Constituyente prevea nuevas regulaciones sobre los derechos políticos a elegir y ser elegidos, incluyendo la incorporación con jerarquía constitucional de la paridad de género para los cargos electivos legislativos tanto en el orden provincial como municipal, así como en la conformación de los órganos de los partidos políticos. Estas regulaciones permitirán fomentar una participación cada vez más activa de la comunidad en los procesos políticos, a la vez que constituyen herramientas para afianzar la igualdad de género y de oportunidades”.
En línea con las novedades normativas incorporadas por otras provincias argentinas, y en particular en base a la experiencia adquirida en la gestión de Gobierno provincial, se propone también como objetivo de la reforma constitucional el reorganizar funciones estatales con el fin de consolidar una administración más eficaz y eficiente.
“En este contexto, la salud y la educación son esenciales en el desarrollo pleno de toda comunidad, y por ello el fortalecimiento, ampliación y modernización de estos sistemas han constituido prioridades para la gestión provincial. Este compromiso estatal debe mantenerse en el tiempo para garantizar la línea de vida bajo la cual no viva ningún formoseño, erigiéndose en verdaderas políticas de Estado que deben sostenerse en pos del bienestar general”, remarca.
Se considera necesario además “consolidar en el texto constitucional la responsabilidad del Estado en la formulación de políticas públicas en materia de salud y educación, fortaleciendo los criterios de universalidad, accesibilidad, equidad, calidad y participación comunitaria”
Va más allá al señalar que “el funcionamiento eficaz, eficiente y sustentable de cualquier organización estatal, sea de la esfera nacional, provincial o municipal, requiere de una administración responsable y ordenada de los recursos públicos que permita la ejecución de las políticas que conforman el plan de Gobierno, así como de las obras de infraestructura necesarias para el desarrollo social y económico del territorio”.
Aquí explica que “esta conducta institucional ha sido una característica de la gestión provincial que ha permitido el desendeudamiento de Formosa, así como la consolidación del superávit fiscal durante dos décadas”, por lo que se propone “incorporar nuevos mecanismos de control de la administración de los recursos públicos, especialmente en lo relativo a las operaciones financieras y de endeudamiento, con el fin de resguardar el equilibrio fiscal y el orden de las cuentas públicas”.
El proyecto de ley plantea, a su vez, el “establecimiento de más herramientas jurídicas para fortalecer el crecimiento económico de la provincia, incluyendo la ampliación del régimen de fomento a la producción, a la industria y a nuevos sectores económicos que han surgido con mucha potencialidad en las últimas décadas a partir del avance de la ciencia, la tecnología y la innovación, con especial énfasis en la generación de empleo y el desarrollo integral de la provincia”.
En síntesis, busca “fortalecer nuestras instituciones en el marco del federalismo, consolidar conquistas alcanzadas por la comunidad formoseña, modernizar nuestras políticas públicas, potenciar el desarrollo de la provincia con equidad social y sustentabilidad ambiental, así como avanzar en el afianzamiento del pleno ejercicio de derechos y garantías por parte del pueblo formoseño frente a los nuevos desafíos de estos tiempos”.