Luego de la que Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) rechazara las demandas colectivas por los tarifazos en el costo de la energía eléctrica de los defensores del Pueblo de Chaco, Corrientes y Formosa, desde la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA) se analiza acudir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Este martes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el voto de los jueces Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, desestimó las demandas colectivas promovidas por los defensores del Pueblo de las provincias de Chaco, Corrientes y Formosa por falta de legitimación para cuestionar resoluciones dictadas por autoridades nacionales en materia de suministro de luz (resolución 6/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación) y de peajes (resolución 46/2016 de la Dirección Nacional de Vialidad).
De este modo, el máximo Tribunal ratificó la doctrina sentada en sus precedentes de Fallos 329:4542, 340:745 y 341:1727, en el sentido de que los defensores del Pueblo provinciales carecen de legitimación activa para cuestionar normas dictadas por autoridades nacionales.
Al respecto, el asesor letrado de la Defensoría del Pueblo de Formosa, el doctor José García, reprochó que «este rechazo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación viene a cerrar un círculo de abandono, desprotección y desconocimiento de derechos fundamentales de todos los argentinos».
«Desde la Defensoría del Pueblo de Formosa e inclusive desde la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA) estamos analizando acudir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) porque con este fallo de la Corte se concluye que el usuario argentino está en completa desprotección respecto de las empresas que monopólicamente producen energía en la Argentina y la firma que la comercializa, que es CAMMESA», denunció.
Señaló que «esperábamos otro tipo de respuesta de la CSJN, pero lamentablemente recibimos esta noticia que nos cae como un balde de agua fría porque verdaderamente cierra un círculo de desprotección y abandono a los usuarios».
Recordó que en 2016, ni bien se emitieron las primeras resoluciones que establecían un 1800% de aumento en el costo de la energía eléctrica, «hemos planteado judicialmente la cuestión y recién se ha resuelto esta primera instancia con el rechazo de la acción».
El máximo tribunal «se expidió sobre la demanda presentada, específicamente rechazándola porque existe una cuestión meramente formal, esto es que los defensores del pueblo provinciales carecen de legitimación activa para cuestionar normas tarifarias dictadas por autoridades nacionales, lo cual impide el tratamiento del fondo de la cuestión y lo dejaron ahí». «Lo que a nosotros nos queda, como Defensoría del Pueblo provincial y a la ADPRA, es hacer una presentación ante la CIDH a los efectos de denunciar esta grave situación y ver si la Corte aconseja a la CSJN que permita al usuario expresarse», precisó el doctor García,