“La Defensoría del Pueblo pidió que se dicte la Conciliación Obligatoria entre la empresa y sus trabajadores y que interín se brinde el Servicio de Emergencia, siendo que los usuarios han sido nuevamente estafados y desinformados en su buena fe”
Hasta ayer a las 19:30 hs. se informó que se habrían transferido los haberes a unos cien (100) trabajadores de las Empresa Crucero del Sur Agrupación, quedando pendientes de recibir sus salarios unos ciento cincuenta empleados (150) más, siendo que unos 50 aproximadamente cobrarían por el Banco Formosa S.A. y otras entidades bancarias de nuestro medio. Esta circunstancia, si bien obedece a la dinámica propia de las transferencias bancarias, implicó un incumplimiento de lo acordado mediante Acta celebrada el día de ayer ante la Subsecretaría de Trabajo, Justicia y Culto de la Provincia, a cargo del Dr. Daniel Valdés.
Dado que Crucero del Sur Agrupación, por intermedio de su apoderado, Dr. Alejandro Azcurra, se había comprometido a realizar la totalidad de las transferencias a las 15:30 hs de ayer, lo que finalmente, según lo informó el Gerente General de la Empresa César Gabriel Aguirre,no pudo concretarse dado un problema de operaciones bancarias. Ante dicha circunstancia, la conducción de la Unión Tranviarios Automotor (UTA) Delegación Formosa, a cargo de Diego Fabián Mendoza anunció un “paro total” que implicaría la paralización total del servicio de transporte en la Ciudad Capital.
Por su parte, la Defensoría del Pueblo de la Provincia, exigió a la Municipalidad y a la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia que arbitren todos los medios legales de que dispongan para que pueda brindarse el “Servicio de Emergencia” previsto por la Ordenanza Nº 2143/89 “Reglamento para el Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad de Formosa”, que en el inc. p) del art. 38 dispone: “Siendo el servicio reglamentado por el presente régimen el único medio de transporte publico accesible económicamente a la población en todo el ámbito del Municipio y con el fin de asegurar la continuidad de su prestación en los casos de suspensión o interrupción por más de dos (2) horas.
Circunstancia esta que de mediar causa un perjuicio irreparable a decenas de miles de vecinos que, diariamente, utilizan el transporte urbano para dirigirse a sus lugares de trabajo, de estudio y/u otras actividades socioeconómicas que le son cotidianas.”
El Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca, informó que a primera hora del día 12 de noviembre del corriente año, se solicitará a la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia, que dicte una -Conciliación Obligatoria- contemplada en la Ley 24.635 para dirimir el conflicto entre la empresa y sus trabajadores y además interín para que se garantice la prestación del -Servicio de Emergencia-, dado que nuevamente todos los usuarios del transporte público de pasajeros, “han sido estafados en su buena fe”.