El Ente Regulador de Obras y Servicios Públicos autorizó a la empresa REFSA a incorporar el diferimiento en la próxima factura, del cambio inferior a $ 9,99. Es decir, los montos menores a $ 9,99 del total a abonar se pasan a la próxima factura, aplicándose esta medida a todos los medios de pago, sean electrónicos, en sucursales, Rapipago o Pago Fácil.
Según se informó, esta acción se concreta gracias al trabajo en conjunto de la empresa con el E.R.O.S.P, quien garantiza y controla que el beneficio llegue a los usuarios.
Dado que el Banco Central de la República Argentina dispuso sacar de circulación el billete de $5 como moneda de curso legal en todo el Territorio Nacional y estableció su reemplazo por monedas del mismo importe, se generaron dificultades con la disponibilidad de cambio y múltiples inconvenientes para los usuarios al momento de abonar el servicio y a las sucursales de REFSA o terceros para realizar el cobro de las facturas.
Por esta razón, la empresa solicitó ante el E.R.O.S.P una alternativa de solución. El organismo aprobó el cálculo del diferimiento al valor de la decena inferior, para todos los tipos de facturación que deba emitir la empresa, informando que la propuesta realizada por parte REFSA facilita el pago y no vulnera ningún derecho del consumidor, contenido en la Ley Nº 22.954 de Lealtad Comercial, Ley Nº 25.954 de Redondeo y su modificatoria Ley Nº 26.179.
El Ente Regulador de Obras y Servicios Públicos (E.R.O.S.P), a través de la Resolución Nº 1.221/2.020 autoriza a REFSA incorporar el diferimiento en la próxima factura del cambio inferior a $ 9,99. Es decir, los montos menores a $ 9,99 del total a abonar, se pasan a la próxima factura, aplicándose esto a todos los medios de pago: electrónicos, sucursales, Rapipago y Pago Fácil.
El usuario encontrará en su boleta en la sección “Detalle de Facturación” la inscripción
“Diferimiento a la Próxima Factura”. Esta nueva modalidad expresa de manera clara los montos enteros a abonar y los saldos destinados al diferimiento.