Fue un trabajo conjunto entre Defensa al Consumidor y los municipios de Pirané, Ingeniero Juárez y Laguna Yema.
En un trabajo conjunto y coordinado entre la Subsecretaria de Defensa al Consumidor y Usuario y diferentes municipios del interior provincial se efectuaron trabajos de fiscalización en comercios de las localidades de Pirané, Ingeniero Juárez y Laguna Yema, en las que desde cada municipalidad con su cuerpo de fiscalizadores dieron cuenta de la comercialización de un producto alimenticio prohibido por la ANMAT, por lo que procedieron al secuestro de los mismos, los que se encontraban tanto en góndola como en depósito de los comercios inspeccionados.
Uno de estos trabajos de inspección fue realizado por fiscalizadores de la Municipalidad de Pirané, tarea que se realizó, además, en conjunto con la Dirección de Bromatología, y se procedió al secuestro de una importante cantidad de este producto, que era comercializado en un comercio mayorista, donde se secuestraron 523 unidades, en tanto que en un supermercado se detectó también una cantidad de 112 unidades, totalizando 635 unidades del aceite comestible en envases de 4.5 litros y 900 centímetros cúbicos, que se encontraban exhibidas en góndolas y en depósito, dispuestos para la venta.
Actuaciones similares se llevaron adelante días anteriores en la localidad de Ingeniero Juárez, el día 26 de abril, el mismo procedimiento se realizó en esa localidad secuestrando un número importante de envases de este producto.
La Disposición de la ANMAT
Se trata de Aceite de Girasol de 900 cc y de 4,5 L. marca “El Conquistador”, cuya comercialización fue prohibida, a través de la Disposición 2951/2021 de la ANMAT, y rige en todo el territorio nacional, debido a que carece de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente etiquetado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
El documento publicado el 21 de abril, a través del Boletín Oficial explica que se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal para el consumo.
En ese sentido, desde la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Usuario, se puso en valor el trabajo realizado por los distintos agentes municipales que, semana a semana reciben capacitaciones dictadas desde el organismo, a través de la modalidad virtual, poniendo a disposición de todos los formoseños las herramientas del Estado Provincial para seguir cuidando la salud y el bolsillo de los consumidores.
En esa línea alertaron a la población a no comprar este producto no autorizado para su comercialización y consumo, como así también instaron a realizar consultas y/o denuncias ante la Subsecretaría y los municipios respectivos, ya que a partir de esta colaboración se inician procedimientos tendientes a proteger la salud de los formoseños a partir del control de alimentos que deben reunir todas las condiciones para un consumo seguro.
En Formosa Capital los horarios para efectuar denuncias son de 7:30 a 12:30 y de 17:00 a 20:00 horas por medio de la línea gratuita 0800-444-0942, por correo electrónico a denunciaconsumidor@formosa.gob.ar, y/o a través de la Fanpage de la Subsecretaría.