La reciente ley de creación del Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas que aprobó por unanimidad la legislatura local, norma de avanzada en su tipo que incluye novedosas particularidades, como la creación de una administración provincial de Parques Naturales.
Aunque el objetivo central es que sirva como instrumento marco para ordenar los espacios provinciales dedicados a la conservación de recursos naturales y la biodiversidad.
El subsecretario de Recursos, Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental, Hugo Bay, destaco la decisión política del titular del PE, por lo cual el ministerio de la Producción y Ambiente trabajo en la elaboración de este proyecto con el propósito de “proteger espacios representativos de los ambientes naturales de tal modo de poder garantizar las poblaciones de especies de fauna y flora que viven y habitan, y de esta manera preservar la biodiversidad y las funciones eco sistémicas que cumplen estos sistemas naturales”.
Expuso que “si bien los objetivos son muy amplios uno de los principales es crear un sistema que a su vez establezca cuales son los diferentes tipos de áreas naturales ya que no todas presentan las mismas características. Y en función de esto establece cuales son las diferentes áreas naturales que estarán contempladas en la provincia de Formosa”.
Bay explico que “una novedad es que van a poder contemplar áreas naturales municipales y esto permitirá que las comunas puedan crear parques bajo su jurisdicción, y también las reservas privadas, esto significa que cualquier particular puede afectar su predio y mantenerlo para su conservación”.
“El estado es quien genera este sistema, y tendremos nuestra propia administración de parques provinciales, dentro de la cual las comunas que así lo consideren, podrán crear sus áreas naturales municipales”, expuso, destacando que “se establecen mecanismos financieros a fin de ayudar al mantenimiento y otras acciones propias de estos espacios”.
Revelo asimismo que “cada una de estas figuras tiene distintas categorías de conservación y manejos, que son las que van a determinar qué es lo que se puede y lo que no se debe hacer para la preservación de los ambientes, y en base a ello se tendrá que elaborar un plan de manejo”.
Clarifico que “existen distintos tipos de reservas naturales: Van desde la reserva natural estricta, los parques provinciales, las reservas de usos múltiples, se incorpora la figura de paisajes protegidos, las reservas hídricas como el bañado La Estrella”.
El subsecretario expuso que la norma “dictamina de qué modo y hasta donde se puede intervenir el ambiente para generar menos impacto”, además de establecer en que lugares no se pueden realizar cambios de uso de suelo, es decir, donde no se puede modificar el ambiente, permite transformar el ambiente pero de modo tal que ese ambiente no se vea afectado en su plenitud. “Esta ley protege los ambientes de actividades como los desmontes o los cambios de subsuelos”, significo.