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La Justicia condenó a Paoltroni por desmonte ilegal y deberá pagar una multa multimillonaria

29/06/2026
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La Cámara de Apelaciones ratificó la sentencia de primera instancia y descartó todos los argumentos presentados por la defensa del legislador. El caso inició por una multa que le aplicaron por infracciones a la normativa ambiental.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Formosa confirmó la sentencia de primera instancia y ratificó que el senador nacional de La Libertad Avanza, Francisco Paoltroni, deberá pagar una multa superior a los 101 millones de pesos, además de actualización, intereses y costas judiciales, por una sanción ambiental aplicada por el Ministerio de la Producción y Ambiente de la provincia (MPyA).

De esta manera, en un extenso fallo, el tribunal rechazó uno por uno los argumentos planteados por la defensa de Paoltroni para evitar pagar la multa y ratificó la plena validez del proceso.

En ese sentido, los camaristas descartaron los planteos de prescripción, inconstitucionalidad e inmunidad parlamentaria, entre otros planteos y sostuvo que la condición del Senador nacional no constituye un obstáculo para la ejecución de una deuda derivada de una multa administrativa.

Por ello, el Tribunal confirmó que el proceso puede continuar, normalmente, hasta lograr el cobro del monto reclamado.

La resolución de la Sala II, entonces, respaldó la actuación del Estado provincial en el marco de la causa que inició el MPyA y consideró que Paoltroni no logró demostrar irregularidades ni arbitrariedad en la sentencia apelada.

La Cámara también declaró improcedente un segundo escrito presentado por la defensa luego de haber interpuesto la apelación, al considerar que la posibilidad de ampliar agravios ya había precluido procesalmente.

Por todo lo expuesto, la Sala II resolvió rechazar íntegramente el recurso de apelación, confirmar tanto la sentencia original como su aclaratoria y mantener la ejecución fiscal por un capital de 101.904.660 pesos, monto que será actualizado conforme al mecanismo previsto en la legislación ambiental provincial, equivalente al valor de un litro de gasoil del Automóvil Club Argentino de la ciudad de Formosa al momento del efectivo pago.

Asimismo, impuso las costas del proceso al senador Paoltroni, quien volvió a recibir un pronunciamiento adverso en la causa impulsada por la provincia para hacer efectivo el cobro de la multa ambiental.

Origen

Todo inició por una multa aplicada por infracciones a la normativa ambiental, cuya ejecución fue ordenada por el Juzgado Civil y Comercial N° 6.

Ante ello, el legislador nacional interpuso un recurso de apelación sosteniendo, entre otros argumentos, que la sentencia había sido dictada de manera prematura, que existía falta de fundamentación, que la deuda era inexistente, que la acción estaba prescripta y que su condición de senador nacional le otorgaba inmunidad frente al embargo de su dieta.

Pero la Cámara descartó estos planteos y sostuvo que el trámite del juicio de ejecución fiscal respetó todas las etapas previstas por el Código Procesal, al mismo tiempo que, indicaron que el hecho de que existiera un incidente sobre el levantamiento de un embargo no impedía el dictado de la sentencia principal, ya que ambos procesos persiguen finalidades distintas.

En ese sentido, explicaron que el juicio de apremio tiene por objeto hacer efectivo el cobro de una deuda que ya es exigible, mientras que el embargo constituye únicamente una medida cautelar destinada a garantizar el eventual cumplimiento de esa obligación.

De esta manera, la Cámara sostuvo que la sentencia de primera instancia se encontraba “debidamente fundada” y respaldó el mismo.

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