En declaración conjunta de Colegios, Consejos y Círculos Profesionales de la provincia de Formosa, reafirmaron el compromiso con la defensa del federalismo, de la autonomía provincial, de la institucionalidad democrática y del derecho del pueblo a elegir libremente a sus autoridades.
Los Colegios, Consejos y Círculos Profesionales de la provincia de Formosa suscribieron un documento en representación de las diversas disciplinas que integran y sostienen el entramado institucional, sanitario, productivo, jurídico, técnico y social de la provincia.
Dicho documento estuvo dirigido a las autoridades nacionales y a la ciudadanía en relación con el proyecto de intervención federal a la provincia de Formosa, ante lo cual consideraron necesario expresar una posición institucional “clara, fundada y responsable”.
En principio, la intervención federal, prevista en el artículo 6 de la Constitución Nacional, constituye un mecanismo de carácter excepcional dentro del sistema federal argentino. Su aplicación se encuentra limitada a supuestos de extrema gravedad institucional y debe ser interpretada con criterio restrictivo, a fin de evitar su utilización con finalidades ajenas a las previstas por el orden constitucional.
En ese sentido, expusieron que “en la provincia de Formosa no se verifican las condiciones que habilitan su procedencia. Los poderes del Estado funcionan dentro del marco constitucional vigente, las autoridades han sido designadas mediante el sufragio popular y se encuentran plenamente operativos los mecanismos institucionales previstos por el sistema republicano y federal”.
Asimismo, el orden constitucional argentino reconoce, en sus artículos 121 y 122, la autonomía política e institucional de las provincias, así como su derecho a darse sus propias autoridades sin intervención del Gobierno federal. Estos principios no constituyen una concesión del poder central, sino un componente esencial del pacto federal que estructura nuestra organización nacional.
Por tanto, “las eventuales controversias, disensos o cuestionamientos respecto del funcionamiento institucional deben canalizarse a través de los mecanismos previstos por la propia Constitución y las leyes, en particular por la vía judicial”, sostuvieron, añadiendo que “la intervención federal no puede configurarse como un instrumento sustitutivo de dichas instancias ni como una herramienta de resolución de conflictos políticos.
Del mismo modo, “desde nuestras respectivas incumbencias profesionales, advertimos que una medida de esta naturaleza podría generar consecuencias concretas sobre la estabilidad institucional, la seguridad jurídica y la continuidad de las políticas públicas, afectando el normal desarrollo de la actividad económica”.
Al igual que la planificación territorial, la infraestructura, los sistemas de salud, educación y justicia, así como el funcionamiento general de las instituciones y servicios que sostienen la vida cotidiana de la población, enfatizaron en esta declaración, donde también se explicita que “la estabilidad institucional constituye una condición indispensable para el desarrollo integral de cualquier jurisdicción”.
Por lo que, si ella se ve alterada de manera “injustificada, genera incertidumbre, debilita la confianza pública y compromete la previsibilidad necesaria para el sostenimiento de políticas de mediano y largo plazo”. Así como tampoco “la defensa del orden republicano no puede sustentarse en la suspensión de las instituciones democráticas locales ni en la sustitución de la voluntad popular expresada en las urnas”.
Por lo expuesto, sostuvieron que el proyecto analizado, en su formulación actual, no reúne los requisitos constitucionales necesarios para habilitar una intervención federal, reafirmando, en consecuencia, su “compromiso con la defensa del federalismo, de la autonomía provincial, de la institucionalidad democrática y del derecho del pueblo formoseño a elegir libremente a sus autoridades”.










